lunes, 19 de mayo de 2014

Leyes antiautocaravanas 1: Ayuntamientos


Ya os explicamos en esta entrada la normativa nacional que incumbe al autocaravanista a la hora de estacionar o acampar. Según la ley nacional, cumpliendo una serie de requisitos el vehículo vivienda está estacionado (no acampado) y puede hacerlo como cualquier otro vehículo. Pero resulta que hay ayuntamientos que se extralimitan y tratan de expulsar a los autocaravanistas y furgoneteros con Ordenanzas Municipales y señales de tráfico inventadas que son el terror del colectivo.

El artículo 93 del Reglamento general de Circulación establece que son los ayuntamientos los que deben regular el aparcamiento:

“1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por ordenanza municipal.”

Pero especifica que esto tiene unos límites:
“2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar, o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento.”

Por tanto, el ayuntamiento no puede hacer lo que le dé la gana. Tiene que cumplir el reglamento de tráfico. Pero la realidad es que a veces no lo hacen así. Veamos unos ejemplos:

Prohibido estacionar autocaravanas
 
Esta señal contradice a la ley. Da lo mismo que un ayuntamiento la haya colocado y que haya una ordenanza municipal que la respalde. Lo mismo puede decirse de la variante con límite de horario (de 20.00 a 8.00h, por ejemplo) para permitirte estaciona de día pero no de noche.

Según la Instrucción 08/V-74 de la Dirección general de Tráfico:
“…a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la exclusión de determinados usuarios de la vía pública debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas, como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículo o su masa máxima autorizada, y no por su criterio de construcción o utilización, ni por razones subjetivas.” Y concluye: “Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.”

Así pues, una señal que implique exclusivamente a las autocaravanas (pero no a otros vehículos de similares dimensiones pero con otra función) es tan discriminatoria como decir “prohibido aparcar a coches de color verde” porque rompen la estética del barrio o “prohibido aparcar al furgón del panadero” porque le cae mal al alcalde.

Si os multan, podéis poner un recurso. Para interponer recurso, habría que citar el artículo 93 del Reglamento General de Circulación y la Instrucción 08/V-74, concretamente las partes que os hemos citado antes. Mejor si un abogado os ayuda a redactarlo. Ojo, no os podemos garantizar ganarlo, aquí solo os contamos lo que hay. Muchos autocaravanistas han ganado recursos así, pero otros no lo han conseguido.

Si un agente os invita a iros, os recomendamos mostrar esos documentos y argumentar educadamente pero con firmeza, según lo receptivo que esté el agente en cuestión.

Esta señal suele colocarse en lugares en los que es habitual la presencia de autocaravanas y alguien se ha quejado de su presencia (los vecinos, un camping del municipio, un hotel…). Aunque estamos en nuestro derecho de aparcar allí, solo nos queda decir que, en estos casos, hay que ser extremadamente cívicos y considerados con los vecinos y los demás vehículos para que nuestra conducta sea intachable y no demos motivos para que desconfíen de nosotros. También tenemos que intentar realizar gastos en los comercios de la zona, para que no nos vean como “esos tiraos que se traen la casa a cuestas para no gastar”. En realidad, esta conducta debería ser la habitual, pero en estos lugares conviene ser especialmente precavido para mejorar nuestra imagen en lo posible.

Prohibido el paso a autocaranas

Esta señal también contradice al Reglamento de Tráfico, por los mismo motivos que la anterior. Hay unos cuanto municipios que tienen esa señal instalada a la entrada del municipio, algo tan aberrante que no nos cabe sino decir que estas señales son susceptibles de denuncias judiciales y de quejas al defensor del pueblo por discriminatorias.

Prohibido acampar


La primera señal es perfectamente legal (aunque es un poco extraño verla en un aparcamiento). La hemos visto en algún aparcamiento porque un camping cercano ha presionado al ayuntamiento para que se expulsen a las autocaravanas que pasaban allí la noche. El ayuntamiento, en este caso, no cedió a las presiones colocando una señal ilegal como las anteriores, sino que simplemente recordó que la acampada no está permitida en ese lugar (como en casi todos). Como ya sabemos, basta con cumplir la normativa y estacionar, no acampar (repasad la diferencia en esta entrada). Algo que, con cartel o sin él, tenemos que hacer siempre.

La segunda señal presta a confusión, ya que da a entender que la presencia de una autocaravana o una caravana está prohibida en general. Según la normativa de Tráfico, podrían prohibir acampar con autocaravanas, caravanas o furgonetas, pero no podrían prohibir estacionar con ellas. Ya sabéis la diferencia. Si alguien os dice algo, estáis estacionados, no acampados.

Ya veis que algunos ayuntamientos no dudan en mostrar su fobia a las autocaravanas y furgonetas. Pero ya vemos que la defensa es relativamente fácil. Nosotros llevamos la normativa impresa en la furgoneta y estamos dispuestos a explicarla con tranquilidad a quien nos ponga pegas. Y no dudamos en saltarnos esas señales. Cuando nos multen (de momento nunca lo han hecho), recurriremos y confiamos en que ganaremos, como han hecho otros autocaravanistas. Eso sí, no os vamos a recomendar hacer lo mismo, cada cual que valore los riesgos y sus ánimos reivindicativos.

Si pesáis que esto ya es bastante complicado, esperad a la entrada en la que explicaremos algunas normativas autonómicas que rizan el rizo y nos complican la vida lo indecible (aunque lo que manda debería seguir siendo la normativa nacional).

Galería de los horrores
Nos gustaría poner aquí ejemplos reales de este tipo de señales. Nosotros no tenemos fotografías de ninguna, pero seguro que muchos de vosotros tenéis fotos que queréis compartir. Si nos las enviáis a nuestro correo (familiafurgoteta@gmail.com) las publicaremos en esta entrada.

Requisitos:
  • Que sean de España (ya que estamos hablando de legislación española).
  • Que sean vuestras (no queremos publicar nada sin permiso de su autor).
  • Que nos digáis dónde se ha tomado (localidad y provincia) y en qué fecha (con el año vale, es para saber si es actual o no).
Opcional:
  • Si nos ponéis vuestro nombre (o alias) y un enlace (a vuestra web, cuenta de Twitter, Facebook o lo que sea), los pondremos en el pie de foto.
Si os animáis y enviáis muchas fotos haremos un mapa de España situándolos todos, para que todos tengamos claro dónde están y elegir destino sin sorpresas.

Os agradecemos de antemano vuestra ayuda.

Garrucha, ALMERÍA (ver ubicación). Fotografía de ACmos lo que nos gusta.

Garrucha, ALMERÍA (ver ubicación). Fotografía de ACmos lo que nos gusta.

Playa de Mósul, San José de Cabo de Gata, Parque Natural de Cabo de Gata-Níjar, ALMERÍA. La prohibición en este caso es de la Junta de Andalucía. Haremos referencia a las leyes autonómicas en otra entrada. Fotografía de ACmos lo que nos gusta.
La Marina, ALICANTE. Fotografía de Arzur Miller. La señal hace referencia a la Ley 22/1988 de costas, concretamente al artículo 33.5 que dice, refiriéndose a las playas:
"5. Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas." La señal esá sobre una zona habilitada para estacionar, así que no hay problema (no estás estacionando en la playa). Y sobran los colores que insinúan que una autocaravana no puede ni siquiera estacionar.
  
Playa El Palmar, Vejer Costa, CÁDIZ. Enviada por Antonio Sánchez Rodríguez. Señal ilegal: no se puede prohibir el estacionamiento solo a un tipo de vehículos, es discriminatorio.

Playa El Palmar, Vejer Costa, CÁDIZ. Enviada por Antonio Sánchez Rodríguez. Señal ilegal: no se puede prohibir el estacionamiento solo a un tipo de vehículos, es discriminatorio.
Señal en un aparcamiento a la entrada de Espot, en el Parque Nacional de Aigüestortes y Estanque de Sant Mauricio, provincia de LLEIDA. La limitación de horario es irrelevante: es una prohibición de aparcamiento discriminatoria e ilegal. Fotografía de La Furgoteta.

Señal situada en un enorme aparcamiento en Vielha, LLEIDA. Ignoramos si la prohibición a camiones articulados se considera objetiva. Pero la prohibición a autocaravanas, desde luego, no es objetiva ni, por tanto, legal. Fotografía de La Furgoteta.
Animaos a enviarnos vuestras fotografía,s asñi crearemos una base de datos completa y útil para todos.

24 comentarios:

  1. Comparto para que todo el mundo se enteré, intentaré mandar fotos lo anyes posible. Gracias por esta labor.

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    1. ¡A ver si os animáis y entre todos podemos hacer un mapa índice completo!
      ¡De nada!

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    2. sis si Lo pondremos aca todas las fotos

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  2. Qué pena que no inviertan el tiempo en solucionar cosas importantes en vez de fastidiar. Muchas gracias por la info, nos ha encantado el post chic@s. Un besazo!

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    1. Gracias a vosotros por pasaros por aquí y comentar vuestras impresiones.
      ¡Besos!

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  3. Nosotros vamos 'muy felices' por la vida sin documentación al respecto impresa ni nada... pero reconozco que sería inteligente llevarla y sobretodo conocerla por lo que pueda pasar.
    Enhorabuena por la iniciativa porque disponer de una mapa con ejemplos reales sería muy muy útil en los viajes furgoneteros.
    Sólo una duda: cuando hablamos de autocaravanas es lo mismo que furgonetas (estilo vw)?? Quizá es una tontería pero cuando hablamos del tema siempre me surje la duda.
    Un saludo para los 3

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    1. Échale un vistazo a la otra entrada sobre legislación, está explicado al detalle (lo hemos enlazado al primer párrafo de esta entrada). Según la DGT, no hay diferencia. La Ley de Tráfico se debe aplicar por igual a todo tipo de vehículos.
      Saludos a vosotros también ;-)

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    2. Gracias, lo acabo de mirar. Está adjuntada la documentación y todo, es gnial. La imprimiremos para llevarla en la furgo y estar súper informados ;)

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  4. No tenía ni idea de la fobia a las autocaravanas. Sabía que hay muchos lugares donde tienen prohibido quedarse y siempre me pareció absurdo. Suerte!

    Un abrazo!

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  5. He leído este post y el anterior sobre estacionamientos y acampadas. Me parece muy interesante, porque son cosas que me habían dicho, pero no la documentación que lo prueba. Sin embargo, tengo una consulta. Me han comentado que en los Parques Nacionales y/o Naturales, la ley es diferente. A menudo voy a Picos de Europa, y en algunos aparcamientos figura esa señal de no estacionar caravanas ni autocaravanas por la noche. Y parece ser que estos espacios protegidos tienen otra legislación... Sabeis algo al respecto? Un saludo

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    1. No hemos encontrado nada que justifique una normativa diferente para ESTACIONAR autocaravanas en lugares protegidos. Sí hay normas que restringen o prohíben la acampada, pero si lees nuestra entrada sobre legislación nacional (enlazada al principio de esta entrada) ya sabrás cuál es la diferencia.
      La Ley nacional está de nuestra parte para estacionar y dormir.
      Los problemas son:
      - Señales y ordenanzas municipales discriminatorias (como las que comentamos en esta entrada) que prohíben estacionar autocaravanas, lo que contradice la Ley... pero existe.
      - Normativas autonómicas que contradicen a la Ley Nacional (haremos una entrada al respecto) principalmente porque su definición de acampar no es coherente con la Ley Nacional.
      - Intentos de asustar a los autocaravanistas con señales que en realidad solo prohíben acampar, pero que a veces incluyen dibujos de autocaravanas tachadas que prestan a confusión.

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  6. muy buena entrada, llevaré la documentación conmigo a partir de ahora, aunque de momento soy de los que no he tenido problemas. En lo que no estoy de acuerdo es en gastar en los comercios de la zona para dar buena imagen (yo suelo gastar porque es evidente que donde vas gastas, más o menos) pero no porque le tenga que caer mejor a nadie, no se si me explico. un saludo!

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    1. Rober, te explicas perfectamente. No se trata de gastar por gastar, de comprar cosas que no querías comprar o de tirar el dinero. Es simplemente hacer las compras que tenías previstas o te surgen hacer en ciertos lugares.
      Es decir, si amaneces en un lugar en el que has dormido y cerca hay una panadería, compra el pan allí, no esperes a comprarlo a media mañana en otro lugar. O si estás en un pueblo con una pequeña tienda, quizá sea mejor hacer la compra allí que en una gran superficie de una ciudad cercana. O si quieres llevar un regalo a alguien y estás pensando en un vino, y resulta que hay un área gratuita instalada por una bodega... cómprales le vino a ellos en agradecimiento.
      Son pequeños gestos que van dejando una buena imagen de los autocaravanistas y furgoneteros. Y eso, a la larga y hecho por todos, ayuda.

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  7. Pues lamento comunicaros que hay cambios, a peor claro, sobre lo ya conseguido.
    Os dejo el enlace documento que lo expresa claramente.
    Supongo que ya deberéis hacerlo constar en el texto que tan magníficamente habéis elaborado para que todo el mundo esté avisado.
    Un avance: mayo 2014: El borrador de la Dirección General de Tráfico elimina de forma expresa el párrafo que
    concretaba las circunstancias en las que una Autocaravana “se encontraba debidamente
    estacionada” y se limitaba la capacidad de los ayuntamientos para prohibir la maniobra.

    http://www.ofitec.net/control/lapaca/1/3/778/21-de-mayo-2014--nota-de-prensa-paca-sobre-drgc-y-sv-.pdf

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    1. Gracias por el comentario, lo hemos explicado en otra entrada. Según entendemos, esto no cambia nada a peor. Simplemente no mejora las cosas. Nos deja como estábamos, después de que nos prometieran que íbamos a mejorar.
      En fin...

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  8. Desgraciadamente, al parecer, nada va a mejor. A los furgoneteros y furgoneteras nos tienen cada vez más paquete (¿envidia?). A parte de los problemas durante los viajes, empiezan ahora también en casa. En Donostia-San Sebastián, mi ciudad adoptiva, ya no me quieren dejar aparcar la furgoneta delante de mi casa. Vivo en una zona donde el aparcamiento está regulado (zona OTA). Para la vieja furgoneta (que tiene ya 33 años) tenía una viñeta que permite el aparcamiento para residentes. Cuando compré en marzo una furgo algo más nueva en Alemania (una fantástica Sprinter habilitada) y dejé la vieja a la hija de una amiga, de repente el ayuntamiento me negó la viñeta para poder aparcar en nuestra calle. El año pasado, al ayuntamiento aprobó una nueva ordenanza, haciendo caso a una enmienda del PP que quería excluír las autocaravanas del derecho a poder aparcar delante su casa (es decir: discriminar a las y los furgoneteros). El argumento: las autocaravanas inhiben la circulación. Estoy en fase de recurso pero me temo que poco me sirvira mi argumento que estoy dando a la furgo más uso y movimiento que cualquier coche: como vehículo normal para ir a trabajar y los fines de semana para las salidas. Mandan los burócratas. ¿Tenéis en vuestras ciudades problemas parecidos? ¿Hay alguién más de Donosti en este blog?
    saludos

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    1. Pues vaya ganas de jorobar al personal. Los argumentos y recursos deberían ir en la línea de que, si tu vehículo "inhibe" la circulación, todos los vehículos de las mismas dimensiones lo harán también. La prohibición debería hablar de medidas, no de usos. Pero claro, negar el aparcamiento a furgonetas de reparto o a todos los vehículos tan largos o anchos como tu furgoneta (muchos turismos de alta gama son tan grandes), eso sería inviable porque mucha gente se quejaría.
      Mucha suerte, ya nos contarás.

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  9. Hola a todos, no tengo foto del cartel que queria comentar. Esta situado en el Parque Natural de Guara, en concreto a la entrada del pueblo de Rodellar. Existen dos señales: una indica parking obligatorio asi que te diriges al mismo y sorpresa! aparece un cartel enorme con prohibiciones, entre ellas prohibido PERNOCTAR, con una multa si lo haces de 150euros. Han llegado al extremo de pasar por la noche y por la mañana y si tu furgo sigue alli te multan directamente sin nisiquiera llamar a la puerta. El caso es que nos surgen dudas sobre esa prohibicion de "pernoctar" suponemos que pasa lo mismo que con los carteles que aparecen en esta publicacion, es decir, son ordenanzas municipales contrarias a la Ley, no?
    Un saludo y felicidades por el Blog

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    1. Sí, nosotros creemos que eso es igual de ilegar. Pernoctar no se puede prohibir. Al fin y al cabo, pernoctar no es sino dormir, y eso no se puede prohibir. ¿Y si alguien duerme en un coche o en un rincón porque está cansado? ¿Se puede prohibir eso? Aunque se haga, no creo que se pueda hacer.
      Gracias a ti por visitarnos y comentar ;-)

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  10. yo he tenido que dormir en una ciudad que no tenia camping, voy con caravana, y dormi sin desengancharla del coche, se movia si pero era una noche, y en una zona donde aparcaban camiones a la salida de teruel, ademas estaba ya reventado de conducir no podia buscar un camping estaba super cansado

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  11. Buenas...
    Soy de Pamplona y por aquí también se está poniendo de moda lo de las señales.
    Han puesto una en un parking debajo de mi casa.
    Por un lado está el ayuntamiento prohibiendo la pernoctación... y por otro lado la oposición está pidiendo que se hagan zonas para autocarabanas con toma de agua y desagüe de aguas grises para potenciar el turismo.
    En fin...

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  12. El año pasado nos nos permitieron aparcar en el parking del parque natural de Castellar del Vallés, Les Arenes, Indicándonos amablemente que nos invitaban a aparcar en un parking en el pueblo. Eso si, si hubieramos llegado de noche al parque natural, entonces si que nos permitían aparcar, ya que representa que estás en tránsito.
    Como solo nos dejaron comer, al final nos fuimos a otro pueblo.

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  13. saludar y agradecer a todos por el esmero y colaboracion y digo que yo ya tengo furgoneta echa y amonologada vivienda si hubiera leido esto antes seguro no me hubiera metido en una .......
    saludo cordial

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